LA DESPROFESIONALIZACION DEL POT EN EL MARCO DE LA INCLUSION EDUCATIVA
Respecto al cargo, compartimos distintas
inquietudes vinculadas a su designación ya que notamos la falta de criterios
comunes para aprobar (o no) una propuesta a concursar, como así también reconocemos
que las funciones del POT generan prácticas distintas de los previsto en las
reglamentaciones.
Si bien sabemos que el rol es relevante
para el sistema educativo aún restan reglas claras que genere otras condiciones
de trabajo y el conocimiento de sus funciones vinculadas básicamente a “garantizar
alternativas de acompañamiento de la trayectoria escolar de los/as jóvenes” … “fortaleciendo
el proceso educativo individual y/o grupal de los/ as alumnos/as”[1]
Según Terigi (2014) en
Iberoamérica, la educación es un sector donde las leyes de numerosos países son
de avanzada en cuanto a las afirmaciones que se realizan sobre la educación
inclusiva, el enfoque de derechos en educación, la importancia de que el Estado
realice acciones afirmativas a favor del cumplimiento de los derechos
educativos de todos, y en particular de los niños, niñas, adolescentes y
jóvenes de los sectores vulnerabilidades. Pese a esto, los países tienen grandes
dificultades para traducir la legislación en políticas educativas y, más aun,
en prácticas pedagógicas. Argentina no
queda exenta de estas dificultades.
En el año 1993 con la sanción de
la Ley Federal de Educación se modificó la estructura del sistema educativo
sustituyendo el nivel primario y secundario por la Educación General Básica y
el Nivel Polimodal. La Educación General Básica sumó dos años de obligatoriedad
respecto de la escuela primaria anterior. Como plantea Landau, M. (2016) “Es a
partir de la implementación del Tercer ciclo de la Educación General Básica que
las tutorías aparecen como un espacio curricular… acompañando el proceso de la
obligatoriedad de dicho nivel educativo para todo el país.”
Para Acosta, F y Pinkasz, D (2007) la
implementación de las tutorías en las jurisdicciones de nuestro país fue
bastante dispar. En Chubut la implementación de la Ley Federal de Educación se
inició con una experiencia piloto en Rawson para luego generalizarse en 1989 a
toda la jurisdicción. En forma paralela a la generalización del Tercer ciclo de
la Escuela General Básica 1999 se crea el cargo de Maestro Orientador Tutor
(MOT), como una función institucional y no como un espacio curricular. Se determinó a través de un
reglamento, (decreto reglamentario N° 1444/99), la implementación del Maestro
de Orientación y tutoría, destinado a ejercer en 7°, 8° y 9° año de EGB3 y mediante
este de decreto se determina “El Docente orientador deberá trabajar en la
prevención del fracaso escolar para contribuir a la permanencia de los alumnos
que históricamente quedaban excluidos del sistema educativo”.
Con la sanción de la Ley de Educación
Nacional y el Decreto Provincial Nº146/08, la provincia transforma el cargo de
Maestro Orientador Tutor (MOT) en Profesor Orientador Tutor (POT). La LEN plantea a la tutoría como una estrategia orientada al
acompañamiento de las trayectorias escolares de los jóvenes en la educación
secundaria. También se establece también
que el Consejo Federal de Educación fijará las disposiciones necesarias para
que las distintas jurisdicciones garanticen “…las alternativas de acompañamiento
de la trayectoria escolar de los/as jóvenes, tales como tutores/as y
coordinadores/as de curso, fortaleciendo el proceso educativo individual y/o
grupal de los/as alumnos/as...”.
La tutoría como acompañamiento de las trayectorias educativas se
reitera en distintas Resoluciones del CFE (79/09; 84/09, 93/09 y 103/10) con
distintos grados de especificidad. La participación del tutor en las propuestas orientadas a
la transformación curricular se ve profundizada en la Resolución CFE 93/09 que
aprueba el documento “Orientaciones para la organización pedagógica e
institucional de la educación obligatoria”. Esta Resolución presenta una
diversidad de propuestas innovadoras en torno a la Educación Secundaria con el
fin de superar, mejorar y transformar la “escuela tradicional”.
La
figura de POT se constituyó como una figura institucional, novedosa en términos
históricos y con un rol de “vanguardia”.
A partir de la obligatoriedad de la escuela secundaria, los proyectos de
orientación y tutoría adquieren un nuevo sentido, un sentido político, porque
es responsabilidad del Estado garantizar las condiciones y recursos necesarios
para el cumplimiento efectivo del derecho a una educación de calidad para todas
y todos los jóvenes.
Es interesante la indagación del
lugar asignado al POT desde las políticas educativas que se traduce en
normativas, cuadernillos, circulares y directivas, en las que se destacan las funciones
estratégicas para la política educativa inclusiva, sin embargo respecto a las
condiciones laborales son precarias, sin estabilidad laboral y sin
posibilidades de actualización o formación especifica respecto a sus funciones.
Respecto a la designación el orden de prioridad para el cargo, más allá del
proyecto, es para 1) el profesor disciplinar o Lic. En Psicología,
Psicopedagogía, Ciencias de la Educación, con título para el Nivel, de cuatro
años o más de duración, terciario o Universitario. Sin embargo, a la hora de
realizarse las designaciones esos criterios no se cumplen en varios casos[2].
Según José M. Touriñán (1990), son profesionales del sistema educativo todos
aquellos que trabajan en él, ya sea como psicólogos, médicos, sociólogos, etc.
Pero sólo son profesionales de la educación, aquellos cuya tarea “es
intervenir, realizando las funciones pedagógicas para las que se han habilitado”.
Por lo tanto, no todo profesional del sistema educativo lo es de la educación,
si no han sido formados en el conocimiento de la educación ni en la realización
de funciones pedagógicas, como tampoco los especialistas en funciones
pedagógicas son los únicos responsables de la estructura, el proceso o el
producto del sistema educativo
Es a partir del decreto N°146/08
en donde la inestabilidad del cargo se acrecienta, dado que este decreto, determina,
que los MOT, ahora POT continuaran en sus funciones hasta que por resolución de
la Dirección de E.G.B3 y Polimodal determine las mismas. Es decir, todos
aquellos Maestros de Orientación y Tutoría, que se desempeñaban, en 7° y los
Profesores que se desempeñaban en 8° y 9° su cargo no fue, “convertido” en
horas cátedras de secundaria, como sucedió con los maestros que tenían a cargo
4 secciones. Como así también dicho cargo no pasó a corresponder a Escuela
Secundaria.
A partir del año 2009, hubo en
la ciudad distintas demandas de mejora de condiciones laborales y salariales,
si bien se realizaron esos reclamos a través de cartas y documentos dirigidas
al gobierno, al ministerio de educación, a las autoridades de Atech, etc, al día
de la fecha no hay respuestas. En otras reuniones de POT también se manifestó
la libertad de criterio de los directivos y supervisores para elegir a los POT,
de ellos dependía la continuidad laboral. Los reclamos se plantean respecto a
las horas cátedras: se trabajan 30 y se pagan 22hs, se solicita que el cargo
esté nomenclado. Si bien el rol tiene historia y cierto valor en torno a sus
funciones en distintas normativas tampoco está contemplado su valor en el
diseño curricular de la provincia del Chubut, eso hace referencia a otra
ausencia y a las dificultades de traducir la legislación presente en prácticas
o funciones que ayuden a configurar las prácticas de manera clara y
democrática. Si el cargo no aparece inscripto en el diseño ¿Qué legitimidad
tiene?
Arribando a algunas conclusiones
Actualmente hay una gran
preocupación por las trayectorias de los estudiantes cuales se ven ampliadas a través del documento
“Trayectorias integradas interniveles”[3]
donde se manifiesta la intención de garantizar la continuidad de las
trayectorias escolares como una responsabilidad compartida entre los niveles
educativos, se busca orientar para pensar juntos, estrategias de intervención
que favorezcan las trayectorias de los estudiantes, planteándose como necesario
los espacios de discusión sobre las condiciones pedagógicas que podría adoptar la
escolarización en el marco de las trayectorias escolares. La creación a escala
del sistema escolar de procedimientos formalizados de seguimiento de las
trayectorias de los estudiantes es una iniciativa necesaria para que los
sujetos se vuelvan visibles. También lo es, en el nivel específicamente
escolar, la mirada atenta a los procesos de cada sujeto, la valoración de quien
en su trayectoria escolar previa permanecía invisibilizado; formas de
escolarización que faciliten el propio reconocimiento y permitan llegar a
ocupar un lugar en el propio proceso de aprendizaje integradas. Si bien se
busca responder a los objetivos principales de la LEN, aún queda mucho por recorrer. En el año 2019 se promulga un nuevo documento
borrador sobre la función del POT.[4] “La
función central de este rol es generar formas de acompañamiento, de apoyo y
sostén de la escolaridad de los jóvenes. Además de recoger y producir la información necesaria
para planificar y compartir con los demás integrantes de la escuela el acompañamiento
requerido para cada estudiante.”. El rol del tutor y orientador es una
construcción que adquiere distintas características y funcionalidades, es
necesario establecer criterios sobre su accionar, así como su designación, es
necesario darle el carácter “profesional” de la educación que se merece. Si
bien es un cargo que nació con el deseo de transformar la educación,
evidentemente su rol es desestimado, su función se multiplica en las peores
condiciones, sin reglamentaciones. Así como las trayectorias, la enseñanza, la
educación, el aprendizaje, la evaluación necesitan ser revisadas y entendidas
de otra manera, también se necesita revisar y dar un valor a un rol que
articula todas las partes de un sistema que se viene cayendo a pedazos
lentamente. Es necesario que todos los
actores educativos reconozcan su valor como mediador entre docentes,
estudiantes, equipos directivos, así como de pareja pedagógica, es preciso
entender que los cambios no se producen por que está prescripto de manera
genérica sino dando dignidad a la profesión docente, dándole autonomía y donde
el Estado debe estar presente. Si se quiere garantizar alternativas de
acompañamiento de la trayectoria escolar de los/as jóvenes, fortaleciendo el
proceso educativo individual y/o grupal de los/ as alumnos/as, y el rol de
Tutor es importante para ello, es necesario también dignificar y
profesionalizar la tarea del POT.
Bibliografía
·
Álvaro
Marchesi, Rosa Blanco, Laura Hernández (2014) Avances y desafíos de la
educación inclusiva en Iberoamérica. Ed. Metas Educativas 2021
·
Acosta,
F y Pinkasz, D (2007) “La tutoría en la escuela. Notas para una historia.”
Buenos Aires. Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología
·
Documento de la Dirección General de Educación
inicial, primaria y Secundaria. Ministerio de Educación Chubut. 2018
[1] LEY NACIONAL DE EDUCACIÓN
26.206, Art. 32, B)
[2] Ante la
presentación de propuestas en un caso quedó designado un Licenciado en Economía
(Experiencia Santul María que presentó proyecto para concurso con más de 10
años de experiencia docente, con título Prof. y Lic. Ciencias de la educación),
y en otra oportunidad una estudiante avanzada del Prof. y Lic. Ciencias de la
Educación (experiencia Marcela Kiernan, con 15 años de experiencia en el cargo)
[3] Documento de la
Dirección General de Educación inicial, primaria y Secundaria. Ministerio de
Educación Chubut. 2018
[4]Ministerio
de Educación de la provincia de Chubut. Dirección General de Educación
Secundaria/ Roles y Funciones- 2019